No siempre es posible modificar la situación de Estancia de Solicitud de Protección Internacional a una situación de Residencia en territorio español.
Estas son algunas alternativas que puedes tramitar durante tu proceso de asilo o después de su denegación:
- Residencia por Familiar de Ciudadano Comunitario: el ejemplo más común es que te cases o te hagas pareja de hecho de una persona que tenga alguna Nacionalidad Europea.
- Arraigo Social: Tres años en España y un contrato de trabajo.
- Arraigo Familiar: Que tengas un hijo con nacionalidad española, que seas hijo de un español de Origen.
- Arraigo por Formación: Levar dos años en Eso y comprometerse a realizar un estudio o formación.
- Residencia por Razones Humanitarias: se la otorgan a algunos ciudadanos venezolanos al momento de negarles la petición de Asilo.
- Refugiados: cuando te conceden el Asilo.
- Arraigo Laboral: Puedes solicitarlo a los Dos años de estar en España, siempre que hayas cotizado Seis meses a la segunda social y DESPUÉS de la denegación del asilo.
Siempre que inicies un proceso migratorio, evalúa las alternativas que tendrás y lo que necesitas para llegar a tu meta. Eso te convertirá en un migrante exitoso