¿Asilo denegado? Puedes seguir trabajando si recurres y no obtienes una resolución firme.

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El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha aceptado el criterio del Defensor del Pueblo, expresado en un informe, y ha dictado instrucciones para que la Seguridad Social no dé de baja en el sistema a los solicitantes de protección internacional a los que se les haya denegado el asilo de manera provisional y no con una resolución definitiva.

Es decir, solicitudes de asilo denegadas que hayan sido recurridas/apeladas (bien sea con un recurso de reposición o un recurso contencioso) y estén pendientes de una resolución firme.

De esta forma podrán continuar residiendo, trabajando y cotizando a la Seguridad Social, mientras esperan las resoluciones definitivas.

Así que, si te encuentras en esta situación, una vez recibida la denegación del asilo puedes presentar un recurso, RECUERDA, El tiempo empieza a contar desde el momento en que se te NOTIFIQUE la Denegación del Asilo.

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